Divorcio y las emociones

El divorcio por definición legal es la disolución o terminación de un vínculo matrimonial, la cual en nuestro país de manera general existen dos tipos:

  1. ADMINISTRATIVO: Es la terminación del vínculo matrimonial decretada por el propio Registro Civil, el cual para que sea procedente se debe acreditar la no existencia de hijos y que la esposa no este embarazada (estado de gravidez).
  2. JURISDICCIONAL: Es la terminación del vinculo matrimonial decretada por una sentencia dictada por un Juzgado especializado en la materia.

Evidentemente, el primer requisito para solicitar un divorcio es la existencia de un matrimonio, es por ello que este procedimiento no se lleva a cabo en caso de concubinatos o uniones libres.

Al ser un proceso que afecta directamente al primer núcleo y base de toda sociedad humana, en el proceso se ven directamente relacionadas las emociones, los recuerdos, los odios, los rencores, las envidias, los celos, etcétera; es por ello por lo que en muchas ocasiones el proceso de divorcio se puede ver afectado.

En la actualidad en la legislación mexicana, se intentó postergar esas dificultades emocionales simplificando el proceso de divorcio a la simple voluntad de uno de los cónyuges, sin embargo, en la práctica, una vez decretada la disolución o terminación del vínculo matrimonial, es donde, en ocasiones, en verdad empiezan los problemas de los procedimientos jurisdiccionales, es decir, es donde afloran las emociones, ya sean positivas o negativas, como las que ya hemos mencionado.

En ese sentido, el Abogado debe de ser capaz de sortear todas esas emociones de su cliente y tartar de hacer entender las consecuencias en tiempo, resultado y dinero que debe enfrentar el cliente si se procede de acuerdo con las emociones y no al raciocinio, pues una actitud o conducta contraria a la razón, es la que crea juicios «eternos».

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